El Tribunal Supremo de Estados Unidos […] defendió [anteayer] la detención indefinida de agresores sexuales una vez concluida su condena; […]
El Supremo revirtió con siete votos frente a dos la decisión de un tribunal inferior que en 2010 determinó que el Congreso sobrepasó su autoridad al aprobar una ley que permite las detenciones indefinidas de personas consideradas “peligrosas sexualmente”.
El caso llegó al Supremo de la mano de los abogados de cinco hombres que dos años después de concluida y cumplida su sentencia vieron cómo las autoridades federales les seguían manteniendo bajo custodia. Todos estaban acusados de posesión de pornografía infantil o abuso de menores y las condenas iban de tres a cinco años de cárcel. En todos los casos, los funcionarios de prisiones argumentaron que su puesta en libertad era una amenaza.
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No va el enlace a la noticia.
Hombre, es mala sobre todo para los pederastas. La cuestión es si les hacen exámenes para ver si se han reformado o no.
Lo que deberían hacer, en todo caso, es cambiar el código penal.
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No, es mala para la idea de un derecho que no sea ni derecho penal del enemigo, ni ordenamiento jurídico de excepción. Toda “detención indefinida” es mala por definición. (Por supuesto, no es lo mismo que la cadena perpetua.)
Pero en fin: la “justicia infinita” trae estas cosas. El derecho sin límites de las víctimas a exigir que le sea reparado el daño, conduce al no-derecho. Era previsible que las medidas de excepción (detención indefinida sin cargos) asumidas para luchar contra el terrorismo, acabaran extendiéndose a otros enemigos públicos.
Es, por lo demás, cruzar la frontera del objeto de la justicia: ya no se juzgan las acciones de los hombres, sino a los hombres en sí.
(Y gracias: enlace corregido).
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Maestro, si por algo te seguimos es por lo claro que te explicas. (Ahora ya sé por dónde vas, y estoy de acuerdo, claro.)
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Iba a apuntarlo en el cuaderno, pero para eso sirve también este blog:
En el fondo, lo que aflora en todo eso, en esa utopía pseudocientífica de poder determinar si un hombre volverá a delinquir o no, y castigarlo por ello de antemano, es, obviamente, la negación del sujeto. De la libertad. (Un determinismo molecular.)
Por cierto, sobre la “justicia infinita” olvidé linkar el artículo de Rancière: http://www.counterpunch.org/ranciere0430.html)
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La cosa es paradójica. Condenar sólo por castigar me parece absurdo; yo creo que se debe condenar para evitar que el delincuente vuelva a delinquir. Pero ahí, como dices, hay que hacer un juicio de intenciones. Así que se opta por “castigar hechos”, que son los únicos tangibles, cuando en realidad el objetivo es otro. No sé si me explico.
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Vamos, lo que quiero decir es que el problema de la Justicia es irresoluble. Así que vamos tirando.
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Como todos los grandes problemas, por otra parte.
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